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Declaratoria de orden internacional de la ruta vial Como un logro importante de las múltiples gestiones fue el lograr que las rutas viales 32 y 04 comprendidas en el Corredor Vial Noratlántico se declararan como rutas internacionales, lo que significa, entre otras cosas, que cualquier intervención que se haga sobre esas rutas viales posterior a dicha declaratoria deben realizarse en condiciones y/o características de orden Internacional, a saber; amplitud de la vía, calidad de construcción, espaldones, señalización horizontal y vertical cumpliendo requerimientos de ruta Internacional |







